- VISA DE RESIDENCIA PERMANENTE. ¿Qué es la Residencia Permanente?La residencia permanente es un permiso que autoriza a las personas extranjeras a vivir y trabajar de forma permanente en Panamá; toda persona extranjera interesada debe realizar este trámite ante el Servicio Nacional de Migración. En el caso de las personas refugiadas, con tres años o más de tener la condición, pueden iniciar el proceso para ser residentes permanentes bajo la Ley 74 del 2013. Que les permite acceder a un permiso de trabajo indefinido, y después del tiempo establecido en las leyes panameñas, naturalizarse (ser panameño/a).
- VISA POR HIJOS NACIDOS EN PANAMÁ. En Panamá, los extranjeros que tengan hijos panameños pueden solicitar la residencia permanente a través de una visa de residente por vínculo familiar. Este proceso requiere una serie de documentos como: actas de nacimiento, certificados de antecedentes penales, declaraciones juradas y cheques certificados. Contáctanos.
- VISA DE PAISES AMIGOS O PERMISO DE RESIDENCIA BAJO EL CONVENIO DE PAÍSES AMIGOS. RESIDENTE PERMANENTE PARA EXTRANJEROS NACIONALES DE PAÍSE QUE MANTIENEN RELACIONES DE AMISTAD, PROFESIONALES, ECONÓMICAS DE INVERSIÓN CON LA REPÚBLICA DE PANAMÁ.
Panamá ofrece un permiso de residencia a personas de 50 países con los que tiene acuerdos de amistad. Este permiso, según el Decreto Ejecutivo No. 226 del 20 de julio de 2021, también se extiende a los familiares del solicitante, como su cónyuge, hijos menores de 25 años y padres. Inicialmente, se otorga una residencia provisional por dos años. Después de este tiempo, los titulares pueden solicitar la residencia permanente y, eventualmente, la ciudadanía. Sin embargo, el tiempo que se tarda en obtener la ciudadanía puede variar según el país de origen del solicitante.
Requisitos:
- Poder y Solicitud (notariado).
- Tres (3) fotografías.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte.
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado de Salud.
- Cheque Certificado por B/250.00 a favor del Tesoro Nacional.
- Cheque Certificado por B/800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
- Documento que demuestre la finalidad para establecer su residencia (actividad económica o profesional a realizar, inversión en bien inmueble o un plazo fijo por el monto de B/.200.000,00).
- Copia del documento de identidad o carné de su país.
- En caso de dependientes: Carta de responsabilidad / Constancia de parentesco / Prueba de domicilio / Mayor de 18 años presentar certificado de soltería y estudios certificados. Certificación bancaria o estado de cuenta del último mes que refleje saldo no inferior a cuatro cifras medias u otra que demuestre sus ingresos y que sea aceptable al Servicio Nacional de Migración.
LISTA DE PAISES AMIGOS: Alemania, Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, Chipre, Dinamarca, EE.UU., Eslovaquia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Israel, Japón, Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, México, Montenegro, Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Polonia, Portugal, República de Corea, República Checa, San Marino, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suiza, Suecia, Uruguay, Perú y la República de Latvia.